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Ponferrada
Miércoles, 9 de febrero 2022, 15:24
El pasado 20 junio se celebró la carrera ciclista de montaña Power Race Astorga, con un recorrido de más de 100 kilómetros, de los cuales una veintena transcurrieron por terrenos del municipio de Torre del Bierzo, en concreto de las localidades de Fonfría y Santibáñez ... del Monte. Siete meses después de la celebración de la prueba, los vecinos exigen a los organizadores que retiren las marcas trazadas en el recorrido, algo que debía haber sucedido en las 48 horas siguientes a la carrera.
En ese sentido, la denuncia presentada por un vecino llegó a provocar la apertura de diligencias de investigación por la posible comisión de un delito contra la fauna y la flora. En concreto, la denuncia hacía referencia a que el recorrido atravesaba el hábitat de varias especies protegidas, como osos, lobos y víboras de Seoane. Sin embargo, el informe aportado por el Seprona de Fabero descartó este extremo, por lo que la Fiscalía de Área de Ponferrada decretó el archivo de la causa al no apreciar la comisión de infracción penal
En la denuncia, también se reprochaba a los organizadores de la prueba, que contó con más de 800 participantes, que hicieran pasar el recorrido por el medio del pueblo de Fonfría, en lugar de circunvalarlo, lo que expuso a los vecinos al riesgo de contagio por COVID-19. Al respecto, la Fiscalía concluye que no se puede determinar ningún tipo de incumplimiento de las medidas sanitarias por parte de los organizadores ni de los participantes.
Conforme a los datos y fotografías aportadas por el denunciante, el Ministerio Público dio traslado del expediente a Seprona para que valore la posibilidad de imponer una sanción a los organizadores de la prueba por el presunto incumplimiento en las condiciones de la autorización y tramite el requerimiento para restituir los caminos.
En concreto, el permiso establecía que los responsables disponían de 48 horas para retirar las marcas con las que se señaliza el recorrido. En ese sentido, la denuncia también señala que la autorización sólo permitía el uso de cal o yeso y prohibía expresamente la utilización de pintura sobre rocas y piedras.
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