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Palas eólicas en las instalaciones de LM en el polígono de La Llanada, en Ponferrada. César Sánchez
Dirección de LM y comité inician el miércoles el proceso para negociar el despido colectivo y las modificaciones de condiciones laborales

Dirección de LM y comité inician el miércoles el proceso para negociar el despido colectivo y las modificaciones de condiciones laborales

En la actualidad se está creando la comisión negociadora que será la primera en conocer el alcance del expediente regulador de empleo que propone la dirección de la multinacional, así como los motivos del mismo y la modificación de las condiciones laborales

Esther Jiménez

Ponferrada

Lunes, 12 de julio 2021, 11:09

El comité de empresa de LM Wind Power en Ponferrada se sentará por primera vez con la dirección de la planta situada en el polígono de La Llanada este miércoles 14 de julio para iniciar el proceso negociador del despido colectivo y de las modificaciones de las condiciones laborales anunciadas por la multinacional la pasada semana.

Así lo aseguró el presidente del comité, Gabriel Garnelo, que explicó que existe un plazo de siete días para crear la comisión negociadora y será a partir del miércoles cuando empiecen a conocer las intenciones de la dirección, puesto que hasta el momento «no ha facilitado nada ni nos hemos vuelto a sentar ni han presentado ninguna documentación, entre otras cosas, porque no tienen la obligación legal de hacerlo hasta que se inicie el procedimiento y eso se ha alargado», señaló.

En ese sentido, Garnelo apuntó que los representantes de los trabajadores intentaron «por todos los medios» que la empresa adelantara algún tipo de información, sobre todo por las formas en la que dieron a conocer sus intenciones, a través de la prensa, «y no nos dieron nada».

Con todo ello, desde el miércoles comité y dirección de la planta de construcción de palas eólicas comenzarán con un proceso que se prevé largo, primero, conociendo el alcance del despido colectivo, los motivos y cómo afectará a los empleados que no se incluyan dentro del expediente de regulación de empleo esa modificación de las condiciones de trabajo, y después negociando, «15 días en teoría para la modificación sustancial y 30 días para el despido colectivo, son los plazos que hay legalmente establecidos», concluyó el presidente del comité.

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